domingo, 12 de febrero de 2017

SI TE ACOSAN EN EL TRABAJO, GRÁBALO: ES LEGAL


Fuente: http://albercheabogados.blogspot.com.es/

Enlace: http://albercheabogados.blogspot.com.es/2017/02/si-te-acosan-en-el-trabajo-grabalo.html
Jupsin.com, 30.01.2017

Una de las preguntas más repetidas por las víctimas de acoso (y también las de otras vulneraciones de derechos laborales) cuando vienen al despacho a asesorarse es: ¿puedo grabar las conversaciones con mi jefe (si el acoso es vertical) o con mis compañeros (si es horizontal)? 

Las conductas ilícitas en muchas ocasiones no se producen en presencia de personas distintas de acosador y acosado. Y, cuando sí existen testigos, el afectado no siempre tiene la seguridad de poder contar con ellos en caso necesario, porque a menudo siguen manteniendo dependencia laboral del autor de los hechos que se quieren denunciar. 

En los últimos años, la generalización del uso de dispositivos móviles, que permiten de forma sencilla registrar en audio estas situaciones, ha provocado que sea cada vez más frecuente la consulta a la que nos referimos. 

Y la respuesta es inequívoca: sí, puedes grabar las conversaciones que demuestran el acoso. 

Una grabación, dependiendo de las circunstancias, podría atentar, en teoría, contra dos derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18 de la Constitución: el de la intimidad personal y el de secreto de las comunicaciones. Pero la jurisprudencia ha descartado que se produzca esa vulneración en casos como los que nos ocupan, cuando se cumplan una serie de requisitos.

El primero de ellos es que la persona que realice la grabación esté participando en la conversación. Por tanto, el trabajador no puede situar un dispositivo en un lugar donde no va a estar y espiar el diálogo que mantienen sus superiores o sus compañeros. Pero sí puede perfectamente grabar una conversación, telefónica o presencial, en la que esté participando. El secreto de las comunicaciones protege a éstas frente a terceros, pero no protege el mensaje emitido frente al propio receptor del mismo, sería un contrasentido. 

El Tribunal Constitucional lo explicó muy claramente hace ya años, precisamente con ocasión de un caso laboral, de despido: “Quien graba una conversación de otros atenta (…) contra el derecho reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución; por el contrario, quien graba una conversación con otros no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional citado” (sentencia de 29 de noviembre de 1984). 

Un segundo requisito que suele exigirse judicialmente para considerar válidas estas grabaciones es el carácter esencialmente laboral de la conversación: que se lleve a cabo en lugar y tiempo de trabajo o que verse sobre cuestiones que afecten al trabajo, es decir que la conversación no se produzca en un ámbito puramente privado o tenga un contenido personal y reservado. 

En esta línea, tuvo mucho eco mediático en su momento la sentencia del Supremo de 20 de noviembre de 2014 que consideró legítima la grabación que una empleada, en el marco de una situación de conflicto continuado, realizó a su jefe en la puerta del centro de trabajo cuando éste le comunicaba una sanción. Al estar “actuando en su condición de representante de la empresa” y ejercitar ante la trabajadora una manifestación de ese poder de dirección empresarial, como es la facultad disciplinaria, el tribunal apreció que no había nada que supusiera “una manifestación de intimidad”. 

Y, finalmente, hay que decir que es legítimo el uso de la grabación como prueba en juicio, pero no su divulgación ni otros posibles usos, que sí podrían incurrir en ilegalidad. 

Por tanto, si eres víctima de acoso y tienes posibilidad de grabar las órdenes y los comportamientos que lo acreditan, no lo dudes: hazlo. Y luego, sin difundir en ningún caso el contenido de esa grabación, ponla a disposición de tu abogado. Él decidirá la utilización probatoria más adecuada al caso.

domingo, 16 de octubre de 2016

NO FIRMAMOS

El pasado  día 13 de octubre de 2016, como bien se ha informado desde el Comité de Empresa, se firmó el ACUERDO ALCANZADO POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MERCADOS CENTRALES DE ABASTECIMIENTO, S. A, (MERCASA) SOBRE PRÓRROGA DE LA ULTRACTIVIDAD DE DICHO CONVENIO COLECTIVO DURANTE EL AÑO 2017”, documento que fue firmado por la Representación de la Empresa y el Comité de Empresa en representación de los trabajadores.

Con la prórroga de la ultraactividad, reflejada en el acuerdo, lo que se persigue es ganar tiempo de negociación, aplazando la fecha de vencimiento de nuestro Convenio actual, más allá del 31 de diciembre de 2016, fecha tras la cual sin esta prórroga, o sin acuerdo de un nuevo texto de Convenio (o laudo arbitral que determine otra cosa), nos sería de aplicación el Convenio Sectorial de referencia, con unas condiciones mucho menos favorables que nuestro Convenio de Empresa.

Esta prórroga fue solicitada por el Comité de Empresa el pasado día 27 de julio, tras el intento infructuoso de llegar a un acuerdo de renovación del Convenio para el año 2016, propuesto por el Comité de Empresa siguiendo las premisas expuestas en la asamblea de trabajadores del pasado mes mayo, ratificadas por consulta en junio. El desacuerdo con la representación de la Empresa se está dando precisamente en el periodo de vigencia de este texto.

Tras el parón de las vacaciones, tres anulaciones consecutivas de reuniones de la mesa negociadora por parte de la representación de la Empresa y con la insistencia del Comité de Empresa, el día 5 de octubre la Empresa presenta un borrador de acuerdo de prórroga de ultraactividad, a menos de tres meses para la extinción de nuestro Convenio.

El texto presentado no se trata de un acuerdo con efectos inmediatos en el momento de su firma por las partes, sino que su validez está condicionada a la aprobación del mismo por otros organismos oficiales (SEPI y Ministerio de Hacienda). Esto supone que los efectos legales del acuerdo dependerían de la aprobación de un tercero, cuyos plazos de respuesta son desconocidos, pudiendo tardar varios meses en responder, y más si a esto añadimos la situación de interinidad en la que se encuentra toda la Administración. Por otro lado, desde la representación de la Empresa no han podido ofrecer garantías de que el acuerdo se vaya a autorizar, es más, no nos han podido garantizar incluso que se vaya a producir una reunión de los organismos encargados de su autorización antes de la fecha de vencimiento de nuestro Convenio (31 de diciembre de 2016).

Ante esto, y en vista de los plazos tan ajustados de los que disponemos, desde UGT hicimos dos propuestas alternativas para aceptar el acuerdo:
  •  O bien se eliminaba esa condición de validez del acuerdo, surtiendo efecto la prórroga de ultraactividad desde el mismo momento de la firma por las partes, sin depender de aprobación de terceros que pudieran retrasar la aplicación efectiva del acuerdo o, incluso, desautorizarlo;
  •  O bien se establecía en el propio acuerdo una fecha límite para la obtención de una respuesta oficial de autorización del acuerdo que diera validez o no a la prórroga solicitada, siendo esta fecha anterior a la fecha de extinción de nuestro Convenio (31 de diciembre de 2016) como medida de salvaguarda del propio Convenio, puesto que esto obligaba a las partes a continuar la negociación para intentar alcanzar un acuerdo antes de 2017, en el caso de que no haya respuesta antes de la fecha límite. Propusimos como fecha límite el día 4 de noviembre, con el objeto de poder disponer de un tiempo mínimo para intentar cerrar un acuerdo antes del 31 de diciembre de este año.

Ambas propuestas fueron rechazadas. La primera por la representación de la Empresa, argumentando su rechazo por exigencias legales, y, la segunda se rechazó en el seno del Comité de Empresa.

Con estos antecedentes, el jueves día 13 de octubre, la representación de UGT decidimos no firmar el acuerdo. En el momento que nos encontramos - a dos meses y medio de que caduque nuestro Convenio Colectivo (31 de diciembre de 2016), sin garantías de que se autorice este acuerdo por parte de instancias oficiales, o lo que es peor que incluso no se lleguen a pronunciar antes de la fecha de vencimiento de nuestro Convenio - desde UGT no podemos asumir acuerdos sin efectos en el momento de su firma, que dependan de terceros, y que, por tanto, no ofrezcan las suficientes garantías y certidumbres que exigimos para mantener las condiciones laborales de las que disfrutamos en la actualidad.

A pesar de todo, UGT ha estado presente y ha sido proactivo durante la negociación de este acuerdo, de tal forma que en el mismo acto de la firma, aun sin ser firmantes, conseguimos que se estableciera un calendario a corto plazo que centre la perspectiva de la negociación en el 31 de diciembre 2016 y no en la fecha establecida en el acuerdo, la cual no será válida hasta su autorización. Este calendario debería quedar plasmado en el acta de la reunión, aunque nuestra pretensión era que se reflejara en el propio acuerdo.

Continuamos negociando esperando llegar al mejor acuerdo para tod@s, de lo cual os informaremos oportuna y ampliamente.

miércoles, 5 de octubre de 2016

NO A LOS CONTRATOS BASURA, LOS BAJOS SALARIOS Y LA PRECARIEDAD.




La demanda de trabajo decente ha ido incrementado año tras año su exigencia dado el declive que ha sufrido el mundo del trabajo donde la nueva economía mundial, lejos de generar crecimiento y bienestar para las personas, ha incrementado la pobreza y desigualdad.


Si los gobiernos no ponen límites y condiciones a la actuación de las empresas y estas persiguen como único objetivo obtener el máximo beneficio al menor costo, el modelo  económico y comercial basado en cadenas de suministros, grandes multinacionales, deslocalización de empresas, subcontratación y franquicias, hará crecer la explotación, la desigualdad y la pobreza en todo el mundo.

A nivel nacional e internacional, este modelo donde prima la codicia, afecta a millones de personas que trabajan en condiciones de esclavitud, explotación o irregularidad, por salarios bajos o de miseria que incrementan la pobreza. Un modelo que, además, suprime derechos fundamentales, incluidos los que permiten a los trabajadores organizarse, negociar y defenderse colectivamente. 

Las políticas de austeridad, las sucesivas reformas laborales y la Ley Mordaza han agravado la situación de las trabajadoras y los trabajadores.


UGT exige trabajo decente, respeto a los acuerdos de negociación colectiva y a los derechos de los trabajadores para quienes están empleados directamente por las empresas y las grandes multinacionales, y para los trabajadores y trabajadoras que constituyen una mano de obra oculta a través de las diferentes fórmulas de subcontratación, deslocalización o franquicias.

Es preciso establecer mecanismos reales y efectivos que permitan exigir responsabilidades a las empresas por su actuación, tanto dentro, como fuera de nuestro país.

martes, 20 de septiembre de 2016

#NoalTTIP


¿Por qué nos oponemos al TTIP?

La Unión General de Trabajadores quiere concienciar a la población sobre los riesgos que conlleva la aprobación del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones entre la UE y EEUU, más conocido como TTIP, y desmontar algunas de las bondades que nos han trasladado sobre el mismo.

Lo cierto es que se trata de un acuerdo que afectará de manera significativa a la vida y condiciones del empleo de trabajadores y trabajadoras y tendrá una gran relevancia económica, puesto que influirá en todos los sectores de la economía y, teniendo en cuenta el secretismo y la opacidad con la que se están llevando a cabo las negociaciones, es natural que la ciudadanía se plantee interrogantes.

Por un lado, nos venden que esta alianza pretende “ayudar a los ciudadanos y las empresas, grandes y pequeñas” abriendo EEUU a las empresas europeas, contribuyendo a reducir los trámites burocráticos que deben cumplir las empresas para exportar e introducir nuevas normas que hagan la exportación, la importación y la inversión entre EU y EEUU más fáciles y justas.

También nos dicen que bajarán los precios de los productos, que se dará al consumidor mayor oferta y, sobre todo, que generará empleo y crecimiento en toda la UE.

Pero lo que no nos cuentan es que pretende eliminar “barreras al libre comercio” tales como las certificaciones de algunos productos, los test de seguridad, el etiquetado o las inspecciones en los procesos de fabricación. Cuestiones que los empresarios entienden como trabas costosas y engorrosas para las empresas pero que ofrecen unas garantías de seguridad al consumidor. De este modo, los estándares industriales pasarán de ser definidos en las instituciones a estar en manos de las empresas, lo que relajaría la regulación en muchos ámbitos.

Persigue además asegurar la protección de las inversiones extranjeras de posibles discriminaciones, hasta el punto de que empresas multinacionales podrían demandar a gobiernos en tribunales especiales para cuestionar regulaciones que garanticen derechos sociales, laborales o de protección del medio ambiente si esas legislaciones limitan o perjudican las inversiones primando así la inversión por encima de los derechos sociales y laborales consolidados y garantizados por regulaciones nacionales y tratados europeos.

Un acuerdo concebido por y para las grandes empresas
En resumen, se trata de un acuerdo concebido por y para las empresas que antepone los intereses empresariales a los derechos de los ciudadanos, consumidores y trabajadores ya que, por un lado, rebaja el nivel de exigencia de la legislación europea en materia laboral, medioambiental o de salud y, por otro, abre la puerta al neoliberalismo económico más despiadado con la posibilidad de que la desregulación sea posible en todos estos ámbitos.

No es un acuerdo para eliminar barreras arancelarias, es un acuerdo para eliminar las normas que limitan los beneficios potenciales de las corporaciones transnacionales. Leyes que forman parte de la esencia más preciada de la UE como son los derechos laborales, la seguridad alimentaria, el posicionamiento contra los alimentos transgénicos o determinadas sustancias químicas.

miércoles, 29 de junio de 2016

MÁS PRECARIEDAD, MENOS SALARIOS, MÁS DESIGUALDAD

Las reformas laborales han provocado una intensa devaluación salarial



La devaluación salarial ha sido muy importante desde 2010 –así lo confirman todas las estadísticas de salarios, según un análisis realizado por UGT-, y va en consonancia con la degradación de las condiciones laborales impuestas por la reforma de ese mismo año y especialmente la de 2012. Esta situación, que se ceba en los trabajadores y trabajadoras con peores condiciones laborales (temporales y a tiempo parcial), está lastrando la reactivación económica y empeorando la calidad de vida de las familias. Es imprescindible derogar estas reformas y poner en marcha con carácter urgente otra política: cambiar la austeridad por crecimiento, los recortes por inversión productiva, y la precariedad laboral por la generación de empleo de calidad.

La precariedad laboral en España se está extendiendo, lo que junto a los recortes aplicados desde 2010, está generando un país cada vez más desigual. La austeridad se ha cebado con quienes se encuentran en peores condiciones laborales y económicas; pero es que, además, este sector de la población más desfavorecido se está ensanchando. Hoy España es un país más pobre y desigual que hace seis años, y los trabajadores y trabajadoras tienen menos garantías y derechos, por las reformas laborales de 2010 y, sobre todo, de 2012, que ha supuesto una ruptura con el modelo laboral consensuado desde los años ochenta del pasado siglo de muy negativas consecuencias. La devaluación salarial, el gran efecto de esas reformas, es indiscutible, y ha empobrecido a los asalariados de nuestro país, lastrando la reactivación y empeorando la calidad de vida de las familias.
Los datos de la Encuesta Cuatrienal de Estructura Salarial publicada ayer por el INE, junto al análisis de la serie de las Encuestas de Estructura Salarial anuales (que son coherentes con la anterior) corroboran estas conclusiones.

Los datos de 2014 muestran que la vuelta al crecimiento del PIB en ese año tuvo un impacto positivo sobre algunos indicadores, pero confirman a su vez que ese crecimiento por sí solo no será capaz de reducir las desigualdades y los niveles de pobreza de manera nítida, y que se necesitan medidas específicas para lograrlo, en dos ámbitos: mejorar la regulación del mercado laboral para reducir la precariedad y promover empleo de calidad y extender y mejorar las redes de protección social, muy dañadas por las políticas del gobierno del PP en la pasada legislatura. Sin ello, las desigualdades se enquistarán en nuestro país.

España es uno de los países más desiguales de toda la Unión Europea


El índice de Gini (un indicador que ofrece un valor igual a 0 en el caso de una sociedad con una distribución de la renta totalmente igualitaria y 100 si la desigualdad es máxima) volvió a crecer en 2014 a pesar del crecimiento económico, y se situó en 34,7. Son 2,5 puntos más que en 2008, y sitúa a España como el sexto país más desigual de toda la UE, tras Estonia, Letonia, Bulgaria, Lituania y Chipre.

 
Fuente: Eurostat
La devaluación salarial impulsada desde 2010 se refleja bien en los datos. Desde entonces y hasta 2014, el salario medio estimado por la Encuesta solo aumentó un 0,3%, lo que supone una práctica congelación de los sueldos en término nominales, que una vez descontado el aumento de los precios en ese período se traduce en una pérdida de poder de compra de 6,2 puntos porcentuales.

Situación más negativa en contratos temporales o a tiempo parcial


Esta evolución ha sido especialmente negativa en el caso de los trabajadores en peores condiciones laborales, con contratos temporales o a jornada parcial. Los salarios de los primeros cayeron desde 2010 un 6,1%, lo que significa un 12,2% de pérdida de poder adquisitivo. Por su parte, el salario de los trabajadores a jornada parcial se redujo un 5,6% nominal, un 11,7% en términos reales. El salario medio de los trabajadores con contrato temporal es un 36,6% al de un trabajador con contrato indefinido, y el de un trabajador con contrato a tiempo parcial un 63,7% menor que el que tiene quien trabaja a jornada completa. Estas diferencias crecen continuamente desde 2008.

En cuanto a la distribución salarial, el porcentaje de trabajadores con salarios inferiores al SMI bajó tres décimas en 2014 respecto de 2013, pero aún se encuentra 4,1 puntos por encima del existente en 2008 (13% frente a 8,9%). Si se amplía el intervalo hasta quienes cobran hasta dos veces el SMI, el porcentaje de trabajadores se eleva hasta el 45,1%, 1,8 puntos más que en 2008. Esto supone que casi la mitad de los asalariados y asalariadas de nuestro país tienen retribuciones que no superan los 18.300 euros brutos al año, unos 1.300 euros brutos al mes (suponiendo catorce pagas al año), que una vez descontadas las retenciones del IRPF y las cotizaciones a la seguridad social, quedan en poco menos de 1.100 euros mensuales netos. Esta es la triste realidad salarial de nuestro país tras seis años de injustas políticas de ajuste y recortes. Medio país es casi mileurista, como resultado de una situación de subempleo generalizada (seis de cada diez trabajadores a tiempo parcial quiere trabajar a tiempo completo y no puede) y de unos salarios en continuo repliegue.

El salario medio se ha reducido de 2010 a 2014 de manera generalizada con independencia de la antigüedad del trabajador en su puesto de trabajo, con excepción del caso (cada vez más excepcional) de quienes llevan más de treinta años en su puesto de trabajo, que ha aumentado (un 1,1%). La reducción porcentual ha sido mayo para quienes llevan menos tiempo en el puesto de trabajo, puesto que en términos generales son también quienes poseen contratos más precarios, temporales o a tiempo parcial involuntario.

Variación de la ganancia media anual por trabajador de 2010 a 2014,
por antigüedad en el puesto de trabajo. En euros y en porcentaje de variación


Fuente: Encuesta Cuatrianual de Estructura Salarial (Avance 2014) y Encuestas Anuales de Estructura Salarial (2008 a 2013). INE

En definitiva, todas las estadísticas de salarios muestran que la devaluación salarial ha sido muy importante desde 2010, y que va unida al proceso de degradación de las condiciones laborales que han impuesto las reformas laborales de 2010 y, sobre todo, 2012. Por eso, es imprescindible derogar dichas reformas y modificar la política económica practicada en España y en Europa, cambiando la austeridad por crecimiento, los recortes por inversión productiva, y la precariedad laboral por la generación de empleo de calidad. Se necesita otra política económica con urgencia.

sábado, 14 de mayo de 2016

PLATAFORMA CONVENIO MERCASA 2016

CRITERIOS DE NEGOCIACIÓN SECCIÓN SINDICAL UGT:


Desde UGT defendemos la postura de negociar un Convenio Colectivo de transición que sirva como fórmula para APLAZAR EL INICIO DE UNA NEGOCIACIÓN EN PROFUNDIDAD con el objetivo de:

ü   EVITAR LA EXTINCIÓN DEL CONVENIO VIGENTE, RECOGIDO EN EL ART. 2 DEL C.C. 2013-2015.

ü BUSCAR LA ESTABILIDAD EN LA INTERLOCUCIÓN EMPRESARIAL DE MERCASA, ANTE EL CONTEXTO POLÍTICO ACTUAL

ü   RECOGER LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL DE HASTA EL 1% QUE AUTORIZA LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016


Para este Convenio Colectivo de transición UGT considera importante contemplar las siguientes propuestas, para su incorporación o su desarrollo interpretativo:

ü  RECUPERACIÓN DE ULTRACTIVIDAD DEL CONVENIO

ü ESTABLECIMIENTO DE ANTIGÜEDAD EN TRAMO DE TOD@S LOS COMPAÑER@S. (Desarrollo Disposición Adicional PRIMERA)

ü  PROCEDIMIENTO DE PROGRESIÓN DE TRAMO EN AUSENCIA DE FORMACIÓN Y SIN IMPLANTACIÓN DE S.E.D. (Desarrollo Art. 12)

ü  CRITERIOS DE DESCENSO A UN PUESTO DE INFERIOR NIVEL (Desarrollo Art. 13)

ü  SUSPENSIÓN DE COMPENSACIONES Y ABSORCIONES




jueves, 14 de abril de 2016

LA UE PRIMA LOS INTERESES ECONÓMICOS POR ENCIMA DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Unión General de Trabajadores considera que la nueva propuesta de la Comisión Europea para reformar el sistema de asilo y aumentar las llegadas regulares de migrantes a la Unión Europea prima los intereses de determinados estados miembros sobre los derechos de solicitantes de asilo y refugiados. El sindicato denuncia que la propuesta aborda la llegada de refugiados y de migrantes desde un punto de vista económico y no desde el cumplimiento de las obligaciones internacionales.

Para la Unión General de Trabajadores, la propuesta de la Comisión Europea no trata de resolver la grave situación humanitaria en la Unión ni de garantizar los derechos de solicitantes de asilo y migrantes. Al contrario, el eje central de la propuesta, es cómo organizar de manera permanente un posible reparto de refugiados entre los estados miembros (permanente o en casos de excepción) y como armonizar los derechos de los mismos en todos los países de la Unión. Y armonizar, para esta Unión Europea, es reducir derechos y prestaciones. Una cuestión económica en el fondo y en la forma ya que los refugiados intentan llegar a los países donde hay mejor protección y posibilidades de vida digna.

La solución, por tanto, es rebajar el nivel de protección del conjunto de la Unión. Y tal como se señala en la Comunicación, establecer sanciones para quienes han solicitado asilo en un estado miembro y se trasladan a otro.

Llama la atención como la Comisión mezcla migración irregular con solicitantes de asilo. Con independencia de que en ambos flujos se han de garantizar derechos fundamentales, en el caso de los solicitantes de asilo, hay obligaciones internacionales que no pueden obviarse.

La Comunicación de la Comisión, y pese a lo que diga el texto hecho público, no trata de afrontar las causas y la atención al elevado número de peticionarios de asilo que pueden recibir los estados que tienen fronteras exteriores (entre ellos España) sino, sobre todo, de evitar que estos lleguen a otros Estados.

Pero lo que resulta más vergonzoso de la comunicación es que, al abordar el establecimiento de rutas seguras y regulares para llegar a la Unión Europea, se refiera tanto a migrantes como a posibles solicitantes de asilo. Y que ofrezca como rutas seguras para personas que huyen de países en conflicto y son potenciales refugiados, atenerse al Acuerdo de la UE-Turquía, o entrar en la Unión con una autorización de estudiante, investigador, trabajador o con apoyo económico de personas u organizaciones privadas.

Como hemos reclamado a nivel nacional e internacional a través de la Confederación Europea de Sindicatos, son necesarios corredores seguros para que quienes huyen de países en conflicto no arriesguen su vida con los traficantes de seres humanos tratando de llegar a Europa y que la Unión Europea proporcione los medios para que puedan solicitar asilo, bien en sus propios países de origen, bien en los de tránsito y garantice su traslado, en condiciones de seguridad, al territorio de la Unión.
Pero sobre todo, es necesario que la Unión y los estados miembros dejen atrás su hipocresía. No están legislando para proteger a las personas, sino intereses económicos. Hipocresía también cuando en el propio texto se señala que la Unión Europea tiene uno de los sistemas de asilo más efectivos y generosos del mundo cuando desde septiembre del pasado año se han reubicado 937 personas de las 160.000 comprometidas y que ya se encuentran en territorio de la Unión Europea. Canadá, considerablemente más lejos de Siria que la Unión, ha acogido desde noviembre de 2015 a 26.213 refugiados sirios y Estados Unidos a 1.285. El sistema es efectivo y generoso en el papel, no en la realidad.